La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada recurre el Decreto 138/2022 que regula las Academias de Andalucía
La Corporación considera que esta nueva norma contiene preceptos “claramente ilegales” que representan un obstáculo para la correcta actividad de este tipo de instituciones
La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada ha presentado, con fecha 26 de octubre de 2022, un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, contra el Decreto 138/2022, de 2 de agosto, por el que se regulan las Academias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, publicado en el BOJA el pasado 5 de agosto.
Con esta actuación, acordada por unanimidad por el Pleno de la Corporación, en sesión de 24 de octubre, la RAJYL de Granada pone de manifiesto, por un lado, su desacuerdo con la nueva normativa y trata de conseguir, por otro, el amparo judicial que permita la eliminación de determinados artículos del Decreto al considerar que vulneran el ordenamiento jurídico vigente.
En concreto, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada denuncia que la norma “pone en riesgo la financiación de este tipo de instituciones, al suprimir el sistema de transferencias de asignación nominativa; implanta un excesivo intervencionismo de la Administración en el funcionamiento de corporaciones de Derecho Público que tienen personalidad jurídica propia y autonomía organizativa; le atribute excesivas facultades en orden a la disolución de oficio de las academias; y establece una fórmula de silencio administrativo positivo que posibilitaría la constitución de nuevas academias en el caso de ausencia de respuesta por parte de la Administración a la solicitud de creación”, señala el presidente de la RAJYL de Granada, Rafael López Cantal.
Por ello, la RAJYL considera que, en base al principio de legalidad al que está sujeta la institución, no puede aquietarse a una norma que contiene “preceptos claramente ilegales”, y está a la espera de que la Sala correspondiente admita a trámite el recurso en los próximos días, sin perjuicio de que la Academia desista del mismo si la Junta de Andalucía modifica el citado decreto como consecuencia de las gestiones que está desarrollando el Instituto de Academias de Andalucía.